En razón de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La nulidad del debate oral y público iniciado en fecha 06 de Noviembre de 2008, suspendido y aplazado para los días 13,20 y 21 de Noviembre de 2008, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16, 190, 335 y 337 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se fija como nueva fecha para su realización del juicio oral y público el día Jueves 19 de Febrero de 2008 a las 11:00 am. TERCERO: Remítase Oficio a la Dirección de Inspección y Disciplina de la Fiscalia General de la República, anexando copias certificadas de las actuaciones relacionadas con el juicio oral y público a que se contrae la presente decisión, a los fines expuestos. Notifiquese a las partes. Citese a testigos y expertos a los fines de que comparezc.....