Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la presente solicitud presentada por la ciudadano MIGUEL ANGEL TOCHON GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.923.266, domiciliado en: Urbanización Brisa del Mar sector 03, vereda 50, casa Nº 05, Barcelona, Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la Defensora Publica Cuarta de Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes del Estado Anzoátegui, ABG. MARIA EUGENIA MURILLO ,en virtud de que la solicitante manifiesta que el ciudadano MIGUEL ANGEL TOCHON GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N.....