Decreta lo siguiente: PRIMERO: Se DECLARA como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus JOSE LUIS UCHA TATO, quien era de nacionalidad española, mayor de edad, Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N° E-945.545, domiciliado en la Calle Borbollón, Parroquia El Pao de Barcelona, Municipio Francisco de Miranda del Estado Anzoátegui, falleció ab-intestato en fecha Veintiséis (26) de Abril del Dos Mil Once (2011), a los ciudadanos: NERYS ARGELIA BETANCOURT DE UCHA (cónyuge), BERNADETT UCHA BETANCOURT, NER JOSUE UCHA BETANCOURT, RANSES UCHA BETANCOURT y DAYAN UCHA BETANCOURT (hijos), venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números: V-5.998.065, V-19.142.631, V-19.142.633, V-20.737.967 y V-20.737.966, respectivamente.- SEGUNDO: Se dejan a salvo los derechos de terceros, que no habiendo sido incluidos en la presente solicitud posean derechos sobre los petitorios formulados, y se advierte que la presente declaratoria basada en declaraciones de tes.....