Este Tribunal, con vista a la documentación acompañados a solicitud en referencia, a las declaraciones rendidas por los ciudadanos RITA ESTHER CENTENO GONZALEZ y DOMINGO ALBERTO CENTENO GONZALEZ, declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a los ciudadanos YRAIRA DEL VALLE MATA MATA DE MEDINA, ZULIA DEL CARMEN MATA MATA, RAMONA DEL CARMEN MATA MATA, ZAIDA JOSEFINA MATA MATA, ELIAS RAFAEL MATA MATA, HENRY JOSE MATA MATA, ANIBAL JOSE MATA MATA e IGNACIO DEL JESÚS MATA MATA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad números V-4.002.618, V-4.505.218, V-4.505.216, V-8.458.204, V-4.002.617, V-4.914.752, V-3.442.260 y V-2.184.232 respectivamente, la condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto IGNACIO NATIVIDAD MATA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, viudo, Titular de la Cédula de Identidad número V-481.096, quién falleció en fecha 05 de Mayo del 2010, en el Hospital General de El Tigre, Ubicado en la A.....