En fuerza de los razonamientos anteriores, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO POR OMISIÓN DE FIRMAS, interpuesta por el ciudadano MANUEL JOSE SALAZAR MATUTE, venezolano, mayor de edad, soltero, Estudiante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-27.330.701, domiciliado en la Ciudad de Anaco; Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui, aquí de tránsito; debidamente asistido por el ciudadano Abogado JESUS RAMON RODRIGUEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.004.539; inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 132.161, con domicilio procesal en la Ciudad de Anaco, Municipio Autónomo Anaco del Estado Anzoátegui; aquí de tránsito; Y ASÍ SE DECIDE. Como consecuen.....