En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CON LUGAR, el pedimento interpuesto por la Fiscal Quinta del Ministerio Público, a favor de los imputados JULIA SERRANO RODRIGUEZ, quien es venezolana, natural de La Victoria, Estado Aragua, donde nació en fecha 07-01-54, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.369.266, soltero, de profesión u oficio: SECRETARIA, hijo de los ciudadanos CLISERIA SERRANO y ESTEHERI DE SERRANO y EDUARD LUIS SERRANO RODRIGUEZ, quien es venezolano, natural de la Victoria, Estado Aragua, donde nació en fecha 04-11-79, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.684.251, Soltero, de profesión u oficio: Residenciado Calle Negro, Primero N° 14, Estado Aragua, hijo de los ciudadanos LUIS RAFAEL RODRIGUEZ y CARMEN ELOISA, en relación a la aplicación de Medida.....