En consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función de Juicio, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano LUIS DEL VALLE MATA ARIAS, venezolano, nacido el 7-05-1949, en Caripito Estado Monagas, de estado civil, divorciado, mayor de edad, profesión u oficio: técnico mecánico, titular de la cédula de identidad No. 2.637.734, residenciado en Av. Américo Vespucio Residencias Isla Paraíso, Piso 2, apto E-24, Lechería, Estado Anzoátegui, por la comisión del delito de VIOLENCIA PATRIMONIAL Y ECONOMICA , previsto y sancionado en el articulo 50 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana MARIBEL DEL ROSARIO CRUZ. SEGUNDO: Se ordena el cese de las Medidas Cautelares Impuestas por este Tribunal de Juicio, ofíciese lo conducente. TERCERO: No se condena en Costas Procesales al ciudadano LUIS DEL VALLE MATA ARIAS tomando en consideración los.....