IV
DECISIÓN
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal, Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la Admisión de la presente demanda por PARTICION DE HERENCIA, que hubiere incoado la ciudadana CARMEN PEALINA SALCEDO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.286.297, debidamente asistida por la Abogada MERCEDES SALAZAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 113.675, en contra de los ciudadanos RAFAEL SALCEDO GUAIQUIRIAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 4.501.492, JOSE ANTONIO SALCEDO GUAIQUIRIAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 8.301.217, JOSE FRANCISCO SALCEDO GUAIQUIRIAN, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 5.194.502, JULIO CESAR SALCED.....