Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal N° 5 de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, a favor del imputado JORGE SUAREZ DEQUIDT, de nacionalidad Argentino, de profesión u oficio Comerciante, Titular de la Cédula de Identidad Nº E- 81.225.674, con domicilio en el Conjunto Residencial Puerto Calai, Villa 01, Urbanización Río Viejo, Lecherías Municipio Urbaneja Estado Anzoátegui, en los hechos denunciados por el ciudadano LORETO FABRIZI BIANCHI, domiciliado en el Sector Las Viviendas, Casa S/N, Pica de Maurica, Barcelona Estado Anzoátegui, de conformidad a lo previsto en los artículos 318 ordinal 3°, y art.....