r todos los hechos y fundamentos de derechos expuestos, éste TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: a la ciudadana CARMEN ELOINA NAVAS MARTELO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.473.996, domiciliada en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui; como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus FRANCISCO NAVAS PEREZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, titular de la cedula de identidad Nº V- 2.425.154, , cuyo último domicilio fue Campo Mata, Fundo Los Pilones de la Parroquia Cantaura del Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui quien falleció AB- INTESTATO en fecha en fecha 27 de Noviembre del año 2016, en la ciudad de Cantaura, Municipio .....