En base a las razones de hecho y de derecho antes expuestas, esta Corte de Apelaciones de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la Abogada DAYSY YANEZ BETANCOURT, en su carácter de Defensora Pública Décima Quinta Penal, Sección Adolescentes de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando en representación del adolescente LUIS ANTONIO GONZALEZ LOPEZ, por cuanto se evidencia de oficio N° 1458/2007, suscrito por la Dra. Libia Rosas Moreno, en su condición de Juez de Juicio Sección Adolescente del Estado Anzoátegui, en lo que respecta al imputado referido, se tiene información extraoficial del fallecimiento del referido ciudadano. Posteriormente el 20/07/2007, se recibió acta de defunción del finado LUIS ANTONIO GONZALEZ LOPEZ, titular de la cedula de identidad N° 8.339.307, es por todo.....