Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: NEGAR EL BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA PENA al penado GERMAN ANTONIO CARIMA PERICANA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 14.617.365, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01/01/1981, de 28 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de los ciudadanos Ageda Centeno (V) y Emilio Chique, residenciado en Sector 29 de Marzo, casa sin numero, Barcelona, cerca de Malariologia, Barcelona, Estado Anzoátegui, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS CINCO (5) MESES Y DIEZ (10) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 458 en concordancia con el artículo.....