Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA a favor de los imputados JOSE ALEXANDER MERCHAN MOTA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.316.426, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 31-03-77, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio aislador, hijo de los ciudadanos LUIS MERCHAN (df) y CARMEN MOTA (df), residenciado en la Calle Los Chaguaramos, Casa Nº 14, Barrio Guzmán Lander, Barcelona, Estado Anzoátegui y MANUEL JOSE SALAZAR FLORES, venezolano, cédula de identidad N° 8.343.340, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació el 23-10-67, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Andamiero, hijo de MANUEL SALAZAR (v) y ESTEIRA FLORES (v), residenciado en la Calle El Cementerio, Casa S/N°.....