En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE, en la presente demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO por el ciudadano: ADID MANUEL CHINEA CASTELLANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.243.632, domiciliado en el Sector Las Aves Andrés Bello, Casa Nº 15-32, Clarines, Municipio Bruzual, Estado Anzoátegui, asistido por el Abogado en ejercicio ALFREDO CABRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.442, en donde se encuentran involucrado el adolescente: ABIGAIL CHINEA MENDOZA, de Diecinueve (19) años de edad, Así se decide. Dada, firmada y sellada en el tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes d.....