Concluida y revisadas las pruebas documentales, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, visto que el pedimento a solicitado no es contrario a derecho y se ajusta perfectamente a las disposiciones legales, es por ello que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho los pedimentos formulados y acuerda PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por La Fiscal Décimo Quinto Para La Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes, Civil E Instituciones Familiares Del Ministerio Publico, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ABG. MARY CARMEN BATISTA, a requerimiento de la ciudadana ROSA ANGELICA SERRANO DE MARIÑO, antes identificada, y SEGUNDO: Designar como del tutor legal la JEMNELL DEL VALLE CANARIO MARIÑO, de ocho años de edad, actualmente, a sus abuelos maternos.....