Por las razones antes expuestas este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA, para conocer de la presente demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS, propuesta por la abogada ANYULINA MARLENYS CORREA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 100174, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos: IVAN RODRIGO MORALES EASTMAN Y MIREYA DEL VALLE ESPOSITO MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-15.637.724 y V-11.416.495, respectivamente, domiciliados en: Edificio Avilamares, Apartamento 202, Piso 2, Torre A, ubicado en: Calle R-16, Complejo Turístico El Morro, Municipio Lic. Diego Bautista Urbaneja, Lechería, Estado Anzoátegui, donde se encuentra involucrada la adolescente: (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y.....