En fuerza de los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05 DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ANZOÀTEGUI administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano DANNY RAFAEL BARRIOS DIAZ, venezolano, mayor de edad, nacido en 29-08-84, en Barcelona Estado Anzoátegui, de 21 años, soltero, de profesión operador de Gasolina en bomba, hijo de Sara Díaz y Jesús Barrios, titular de la cedula de identidad V.- 17.221.960 a cumplir la pena de DOCE (12) MESES DE PRISIÓN más las accesorias de ley previstas en el artículo 16 de la ley penal sustantiva, por la comisión del delito de de ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto y sancionado en artículo 377 del Código Penal Vigente para la época.
Publíquese, regístrese la presente sentencia y remítanse las actuaciones al Ju.....