Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la libertad de los ciudadanos JESUS CELESTINO MARCANO QUEBA, titular de la cédula de identidad N° 8.288.856, venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, estado civil Casado, oficio T.S.U. en Administración, fecha de nacimiento 14-04-76, edad 30 años, residenciado en la Avenida Constitución, Edificio Franchi, Apartamento 4, Piso 01, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, conforme a los artículos 250, numerales 1 y 2, en concordancia con el 256, numerales 3º, 5º y 6º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, mediante la imposición de MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS. Remítase oficio a la Policía del Municipio Sotillo Estado Anzoátegui; así como a la Unidad de Alguacilazgo participándole lo conducente. Remítase el expediente a la Fiscalía 20 del Ministerio .....