IV
DECISIÓN
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil vigente, propuesta por los ciudadanos , MAURA JOSEFINA CORDOVA MONTAÑO y PEDRO MANUEL HURTADO GUAINA venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 4.041.210 y V- 5.487.885, respectivamente, y de este domicilio, debidamente asistidos por el Abogado RAMON FEDERICO IGUARO GARCIA, titular de la Cedula de Identidad Nº. 2.779.248, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 30.146, quienes contrajeron matrimonio civil, en la Ciudad de Paríaguan, en la prefectura de Miranda del Estado Anzoátegui, en fecha 18 de Agosto del año 1997. Disolvi.....