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Decisiones del dia 27/08/2004 |
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N° Expediente :
BP02-Z-2004-001930
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N° Sentencia :
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Fecha: 27/08/2004 |
Procedimiento: Divorcio |
Partes: SOLICITANTES: LOVELIA ROJAS Y ALONSO SALAZAR. |
Resumen:
Désele entrada y por cuanto el Tribunal observa que la presente demanda no cumple con los requisitos exigidos en el Artículo 455 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, literales "D, E, F y G", de los Medios Probatorios, en la prueba testimonial deberá indicarse el nombre, apellidos y domicilio de los testigos, así como la indicación de los hechos sobre los que cada testigo va a declarar y en la prueba pericial, deberá indicarse en forma concreta los puntos sometidos al dictamen de los peritos y si la prueba documental no se aporta con la demanda, se indicará el lugar donde el juez pueda solicitarla; en consecuencia ésta Sala de Juicio N°.02 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui INSTA a la parte demandante a dar cumplimiento al mencionado Artículo, por lo que se le conceden tres (03) de Despacho contados a partir de la presente fecha, de conformidad con lo establecido en el Articulo 459 EJUSDEM. Cúmplase.
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Juez/Ponente:
Freya Elisa Ron Pereira
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Organo:
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente
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