Concluida la evacuación de las pruebas, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, sede Barcelona , en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar solicitud de Jurisdicción Voluntaria de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por ciudadana MARIA DE LOURDES AGUILERA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V- 8.241.710, domiciliada en casa Nº 48, espejo 2, Barcelona, Municipio Simon Bolívar, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por la Defensora Pública Tercera de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, abogada MARTHA AGUILERA, actuando como representante legal del adolescente Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Boli.....