Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana ADAS MARTINA MAGUANA DE PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.213.271, domiciliada en el Municipio Guanta del Estado Anzoátegui, SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano LUIS DEL VALLE PATIÑO, fallecido el día 23 de Julio del 2011, quien era de venezolano, titular de cédula de identidad Nº 3.670.720, a su esposa, ADAS MARTINA MAGUANA DE PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.213.271, y a sus hijos, (Se Om.....