Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, hubiere incoado el ciudadano OTTO PEREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 10.797.260, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 59.868, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., originalmente inscrito en el Registro de Comercio que llevaba el antiguo Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 03 de abril de 1925, bajo el Nº 123, cuyos actuales Estatutos Sociales modificados y refundidos en un solo texto, constante de asiento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judici.....