Se declara: Terminado el Procedimiento por decaimiento de la acción por perdida del interés procesal en la Acción de Amparo Constitucional incoada por los ciudadanos JOSE ALEXANDER LOYO, ARTURO DIAZ RONDON y JOSE VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Números: V-10.371.584; V-8.251.104; y V-8.490.695, respectivamente, domiciliados en la Ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, contra los hechos, actos y omisiones originados por los ciudadanos : MARIA CASTILLO, FREDDY BECERRA, ROSA ROMERO, LILIBETH CASTILLO, JOSE MIGUEL LOPEZ y FRANCIS SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números: V- 25.250.222; V-19.774.099; V-17.422.915; V-25.345.671; V-24.896.894; V-18.644.872, respectivamente, domiciliados en la Calle Las Mercedes, Sector El Libertador de la Ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui; y así se decide.