Dispositiva
Sobre la base de las precedentes consideraciones, éste Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil vigente, declara:
Primero: Se declara SIN LUGAR la demanda por Extinción de Hipoteca interpuesta por la ciudadana MARITZA DE LA CRUZ CABELLO RIVERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 3.172.455, con domicilio procesal en la Calle Arismendi, Quinta San Miguel, Lechería, Municipio Urbaneja del estado Anzoátegui, debidamente representada, por la abogada en ejercicio SAYRA COVA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 88.004, en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, representada por los abogados en ejercicio YESENIA ROJAS y RAFAEL CABRERA, venezolano.....