SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho, conforme al artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. Cítese al ciudadano CARMITO YAGUARE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.563.218, domiciliado en el Sector Tecnológico, Calle Santa Bárbara, N° 33, Punta De Mata, Estado Monagas, mediante boletas de citación para que comparezca al tercer (3°) día de Despacho siguientes a su citación mas dos (02) días, que le concede como termino de la distancia, a la constancia en autos de sus citación, a las diez (10:00 a.m.) de la mañana, por ante esta Sala de Juicio N° 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, a los fines de dar contestación a la demanda de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA (PRENATAL) intentada por la Fiscal Undécima del Ministerio Público, Abg. CARMEN ALVIAREZ RODRIGUEZ, en representación del niño por nacer hijo de la ciudadana SONIBEL EUDIRINA BELLO PIAMO, titular de la cédula de identidad N° 17.535.611, con .....