Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, DECRETA: la CESACION de las medidas de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de UN (01) AÑO; consistentes en: 1.) Obligación de continuar sus estudios hasta la culminación de su meta, debiendo presentar ante el Tribunal de Ejecución Especializado de este Circuito, constancia de Inscripción y rendimiento académico. 2.) Prohibición de Ausentarse de la localidad donde reside sin permiso del referido Tribunal, en caso de cambio de residencia participarlo al Tribunal de Ejecución. 3.) Prohibición de comunicarse con personas que se dediquen actividades ilícitas ó tengan dudosa reputación. 4.) Prohibición de realizar acciones ó actividades contrarias a la Ley. y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, .....