Por todas las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada SONIA MARINI, en su condición de Defensora de Confianza del acusado SALVADOR AQUINO RODRÍGUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 452, numerales 2º y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada en fecha 29 de julio de 2009, por el Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual dictó sentencia condenatoria en contra del ciudadano SALVADOR AQUINO RODRÍGUEZ, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, por las razones expuestas en la parte motiva del presente fallo. Quedando así CONFIRMADA la decisión apelada.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes. Y r.....