IV
DECISIÓN
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito, actuando en Sede Constitucional, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la Solicitud de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano FRANCISCO JOSÉ NORIEGA DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 8.300.648, asistido por el abogado David Velásquez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 81.269, en contra del ciudadano ENDER AUGUSTO ESPINOZA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.766.551 y domiciliado en Guanta, Estado Anzoátegui y de la ciudadana ROSMIL MILANO GALEANO, Jueza del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoáte.....