Este Juzgado 5° en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa, y por ende, la extinción de la Acción Penal por prescripción, seguida al imputado. Imputado MARCOS MARCHAN, se desconocen mas datos, por la denuncia del ciudadano GUANARE GUARAMAIMA CELESTINO, titular de la cedula de identidad V- 16.069.925, de 22 años de edad, de Nacionalidad Venezolana, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en la calle 02, casa sin numero, del Barrio las Casitas, sector Cruz Verde, Barcelona Estado Anzoátegui, de la presente investigación se desprende el Delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el Articulo 413 del Código Penal; de acuerdo a los artículos 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y 108, ordinal 5° del Código Penal.-
Regístrese, notifíquese y déjese copia.-