DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Conforme al artículo 105 del Código Penal Venezolano, SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL POR CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA impuesta al ciudadano JOSE LEONARDO PEREZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.387.504, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 26-07-91, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio mecánico, hijo de la ciudadana MARYORIS JOSEFINA PEREZ y Padre desconocido, residenciado en AV. FUERZAS ARMADAS, RUIZ PINEDA, BARCELONA, ESTADO ANZOÁTEGUI, por el delito de FUGA DE DETENIDO, previsto y sancionado en el articulo 258 del Código Penal, cometi.....