Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal N° 5 de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, en los hechos denunciados por el ciudadano NEGAR ALBERTO FERNANDEZ LEON, de nacionalidad venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, de profesión u oficio Capataz, Titular de Cédula de Identidad N.- 4.614.080, con domicilio en la Calle 5-A, Casa Nº 07, Barrio La Manga, Maturín Estado Monagas, de conformidad a lo previsto en los artículos 318 ordinal 3°, y artículo 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el ordinal 4° del artículo 108 del Código Penal Venezolano Derogado en concordancia con el .....