Seguidamente visto el pedimento esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 522 citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO de Divorcio Contencioso, presentado por la ciudadano CARLOS JOSE RENGEL BURGOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.335.462,domiciliado en: CONJUNTO RESIDENCIAL LOS SAMANES, MANZANA I, SECTOR F, EDIFICIO 10, PISO 3, APARTAMENTO 4-2, CALLE REAL DE GUANTA, MUNICIPIO GUANTA, DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, asistida por la Abogada en ejercicio SOLFANY CABRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.994, en contra de la ciudadana YARITZA JOSEFINA RUIZ TILLERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.285.331, quien puede ubicado e.....