Concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud presentada por la ciudadana ZULAY DEL VALLE RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-8.277.984, domiciliada en la Calle Central, Casa Nº 08, La Montañita, Barcelona, Estado Anzoátegui. SEGUNDO: Designar al ciudadano RONNY YOHAN VELASQUEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-22.970.431, domiciliado en la Calle Central, Casa Nº 08, La Montañita, Barcelona, Estado Anzoátegui, para que sea el CURADOR AD HOC, de los adolescentes (Se Omite de Conformi.....