Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCION POR PERDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por el abogado JORGE OMAR VAAMONDE CARAPIACA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 3.182.426, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente AGUAS INDUSTRIALES DE JOSE, C.A., empresa perteneciente totalmente al Estado Venezolano, filial de Petroquímica de Venezuela S.A., (PEQUIVEN) e inscrita inicialmente en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito federal y Estado Miranda el 22-06-1.999, bajo el Nº 91, Tomo 331-A-Qto., y posteriormente ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, el fecha 19-11-1999, bajo el Nº 37, Tomo A-85, domiciliada en la Autopista Oriente Rómulo Betancourt, Sector Jose, Co.....