se ADMITE cuanto ha lugar en derecho la presente Demanda de DIVORCIO, propuesta por la ciudadana YULIANA SINDAS GHAZAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.927.680, debidamente asistida por las Abogadas en ejercicio KIMARA RODRIGUEZ CALDERA y AMSY ELIZABETH SANCHEZ RAMOS, inscritas en el Inpreabogado bajo los N° 62.571, en contra del ciudadano YUNIOR ALEXANDER FEBRES URBANEJA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.718.200, domiciliado en la Urbanización Guaraguao, Calle N° 10, Casa N° 29-A, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, quienes durante su unión Matrimonial procrearon Una (01) hija, quien lleva por nombre: SOPHIA ANTONELLA FEBRES SINDAS, de Un (01) año de edad.- ADMITASE la presente demanda cuanto ha lugar en derecho.- Regístrese en el Libro de causas que al efecto lleva este Despacho.- Estampase el asiento respectivo en el libro Diario.- De conformidad con lo establecido en el artículo 132 del Código de Procedimiento .....