el Tribunal, deja expresa constancia que en el sitio donde se encuentra constituido el Tribunal se observó que no funciona la empresa demandada, es decir, Centinelas Privados Guanipa, C.A, es todo". Seguidamente intervienen los Apoderados Judiciales del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Abogados JULIO MACHADO Y RAFAEL HERNANDEZ, con Inpreabogado bajo los números: 100.256 y 50.206 respectivamente, donde exponen, que en virtud de que la Empresa Centinelas Privados Guanipa, C.A, no labora donde se encuentra constituido el Tribunal, nos reservamos en éste acto el derecho de señalar bienes, hasta tanto podamos ubicar bienes propiedad de la empresa demandada, asimismo solicitamos al Tribunal el regreso a su sede principal, es todo". En éste estado el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, y ordena el regreso a su sede, siendo las siendo las 10:00 AM.