Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO a favor del ciudadano, JULIO CESAR MARTINEZ SOTO, quien es venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-14.931.401, natural de Barcelona, donde nació en fecha 01 de Julio de 1.979, de 29 años de edad, de estado Civil Soltero, hijo de los ciudadanos ROSA ANGELICA DE MARTINEZ SOTO Y JOSE LEONIDAS MARTINEZ, residenciado en Tronconal 3º calle 8 vereda 31 casa Nº 18, la comisión del delito de, POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto en el artículo 34 de La Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, cometido en perjuicio de LA COLECTIVIDAD Líbrese oficio a la Jefatura de Alguacilazgo, a fin de participar que el imputado de autos se presentará por ante esa O.....