Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS al imputado MANUEL JOSE RODRIGUEZ CASTILLO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.111.569, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 024-01-1976, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de los ciudadanos MANUEL RODRIGUEZ (v) y MARIA CASTILLO (df), residenciado en el Barrio Viñedo, Calle 08, Casa S/N°, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de los delitos de ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE FRUSTRACION y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 en concordancia con el Segundo Aparte del artículo 80 y 278, todos del Código Penal Venezolano vigente, cometido en perjuic.....