Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del imputado a los imputados EDUARDO RAFAEL MORALES quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 26.548.916, natural de Barcelona, donde nació en fecha 13/12/1988, de 19 años de edad, estado civil: Soltero, profesión u oficio: Obrero, hijo de los ciudadanos José Nataly Herrera (v) y Nilda Carolina Morales (v), residenciado en la Ponderosa Calle Guárico, Casa S/N, Manzana 20, Barcelona Estado Anzoátegui;Y EDWIN DE JESUS ALIENDO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 25.244.862, natural de Barcelona, donde nació en fecha 26/02/1989, de 20 años de edad, estado civil: Soltero, profesión u oficio: Albañil, hijo de los ciudadanos FRANCISCO JAVIER PEREZ (v) y MARIA ALIENDO (v), resi.....