esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la presente solicitud presentada por el ciudadano Abogado ARTURO GUILLEN, en su carácter de Defensor Público Segundo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en representación de las niñas ....., respectivamente. SEGUNDO: Otorga el presente justificativo de CARGA FAMILIAR al ciudadano GERARDO REYES RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.415.291, con domicilio en la urbanización La California, calle 2, thown house Nº 24-B del municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, a favor de las niñas: ....., respectivamente, hijas de la ciudadana MARLIN COROMOTO REYES RODRIGUEZ, v.....