éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrativo justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, por el ciudadano JUAN RAMON GARCIA PALOMO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.077.300, asistido por el abogado EDGAR BURIEL BLANCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.076, en contra de la Empresa Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela, (CANTV.), en la persona de sus apoderados judiciales y así se decide.-
Regístrese, publíquese y Déjese copia de la presente decisión.-
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, a los ocho (08) días del mes de febrero del 2008.....