Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Control N° 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el pedimento realizado por el ciudadano JESUS RAFAEL MARIN LANDAETA, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cedula de Identidad V.- 8.232.103, y ordena la entrega material del vehículo con las siguientes características: MARCA: CHEVROLET, MODELO: MALIBÚ, PLACAS: XMF-313, COLOR: AMARILLO, CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, USO: PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERIA: 1T19MJV217985, SERIAL DE MOTOR: no T0518HK, sino K1204TCC, AÑO: 1979, de conformidad con lo previsto en los artículos 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense el oficio al Estacionamiento de Pozuelos, Estado Anzoátegui. Cúmplase.