Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados DANIEL RICARDO SUAREZ CABELLO, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.767.903, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 27/11/1975, de 32 años de edad, de estado civil casado, de Profesión u oficio comerciante, hijo de los ciudadanos NORBERTO SUAREZ (df) y PETRA CABELLO (df), residenciado en la Fundación Mendoza, Manzana I, Casa Nº 47, Segunda Etapa, Barcelona y ANDERSON ANTONIO CAMPOS GOMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.851.981, natural de San Felix, Estado Bolívar, donde nació en fecha 04/02/1984, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo de los ciudadanos JUAN ANTONIO CAMPOS y E.....