DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en el juicio por EJECUCION DE PRENDA, seguido por el INSTITUTO DE CRÉDITO AGRÍCOLA Y PECUARIO, creado por Decreto Presidencial Nro. 909, de 13 de mayo de 1975, Gaceta Oficial número 30.723, del 19 de julio de 1975, a través de su apoderada judicial Edda Pérez Alcalá , abogada, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 56.555, contra el ciudadano OTILIO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 499.497, ha operado la Perención de la Instancia, con fundamento en el artículo 267, en su encabezamiento, en armonía con el artículo 269, del Código de Procedimiento Civil.
En consecuencia se levanta la medida de secu.....