Este Tribunal considerando que una vez revisados los recaudos aportados, que la presente solicitud se encuentra ajustada a derecho, por lo que acuerda el Mandato de Conducción solicitado en contra del ciudadano LEONARDO RAMON DIAZ DIAZ, titular de la cédula de identidad N° V-6.830.655, quien puede ser ubicado en la siguiente dirección: Conjunto Residencial “La Otra Banda”, Edificio Donaire, Planta Baja, Apartamento B-18, Municipio Juan Antonio Sotillo, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal y 19, 23, 29 tipificado en la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. En tal sentido el nombrado ciudadano deberá ser conducido por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub Delegación Barcelona, hasta la sede de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público, ubicada en Puerto La Cruz. Líbrese oficio a la Dirección del Cuerpo de Investigaciones Científica.....