DECISIÓN
Con fundamento a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana CARMEN MARIA GUAINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 498.111 y de este domicilio, a través de su apoderado judicial el Abogado JORGE ZACARIAS, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 94.317, contra la ciudadana CARMEN URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.188.178 y domiciliada en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui. En consecuencia se condena a la ciudadana CARMEN URBINA, antes identificada a: Primero: Entregar libre de personas y bienes el inmueble objeto de la presente demanda, constituido por una casa ubicada en la cal.....