Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA para el ciudadano ADRIAN ANTONIO CACHARUCO MACUARE, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.127.727, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 28/05/85, de 20 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos Genaro Cacharuco y Angela Macuare (vivos), residenciado en Calle 08, casa sin, a tres casas de la Licoreria del señor Luis, Barrio Lindo, Barcelona, Estado Anzoátegui; MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, conforme al artículo 256, Ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en: 1.- Presentación ante este Tribunal cada ocho (08) días. 2.- Prohibición de salida de la Jurisdicción del Estado Anzoátegui sin autorización del Tribunal. Líbrese el correspond.....