Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES VÍA PROCEDIMIENTO ORDINARIO, hubiere incoado la sociedad de Comercio MERCANTIL C.A. Banco Universal, domiciliada en Caracas, cuyo instrumento constitutivo se encuentra inscrito originalmente en los Libros de Registro de Comercio al efecto llevados por el Juzgado de Comercio del Distrito Federal en fecha 03 de Abril de 1925, bajo el No. 123. Cuyos actuales Estatutos Sociales modificados y refundidos en un solo texto, constan en asiento inscrito ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito capital y Estado Miranda en fecha 05 de noviembre de 2007, bajo el Nº 9, Tomo 175-A-Pro.
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