Por todo lo antes expuesto en la narrativa del presente fallo, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José De Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE TITULO SUPLETORIO, presentada por HODALIS TORRES DE CASTILLO, LIRS DEL VALLE CASTILLO TORRES, LUIS EDUARDO CASTILLO TORRES Y LUIS DANIEL CASTILLO TORRES, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°: V-13.850.285, V-8.965.684, V-10.942.539 y V-12.017.377, respectivamente, domiciliados en el Tigre, municipio Simón Rodríguez, estado Anzoátegui, debidamente asistidos por la Abogada, LUZ CLEMENTINA TORRES, inscrita en el IPSA, bajo el N°: 7.634, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, se da.....